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| TEMA 1 EMPRESA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 2 PROYECTO EMRESARIAL | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 3 LOCALIZACIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 4 SIMULACIÓN DE EMPRESAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 5 ARCHIVO Y COMUNICACIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 6 PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 7 OPERACIONES ADMINISTRATIVAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 8 GESTIÓN TRIBUTARIA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 9 CONTABILIDAD Y EMPRESA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| TEMA 10 MÁRKETING | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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| TEMA 12 RECURSOS HUMANOS |
FINANCIACIÓN CLASIFICACIÓN DE LAS FUENTES DE FINANCIACIÓN FINANCIACIÓN A LARGO PLAZO Línea de crédito. |
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La finalidad principal es la de financiar el circulante por lo que es muy útil en la gestión de los flujos de tesorería para lo que se puede disponer de la totalidad de los fondos o, de una parte, devolviendo el capital dispuesto a su vencimiento.
Suelen ser operaciones firmadas a corto plazo. Normalmente a un año. Existe la modalidad de vencimiento plurianual, renovable tácitamente cada año, salvo denuncia de alguna de las partes con un preaviso de 15 días normalmente, hasta un periodo máximo de 5 años, si bien habitualmente no excede de 3 años.
En el siguiente cuadro, se muestran las diferencias entre préstamo y crédito:
Préstamo |
Crédito |
Contrato real, se perfecciona con la entrega del dinero. |
Contrato consensual, se perfecciona con el consentimiento. |
Contrato unilateral, solo produce obligaciones para el prestatario devolver el capital, abonar los intereses, etc. |
Contrato bilateral, genera obligaciones para ambas partes. |
La entidad financiera entrega al prestatario una cantidad de dinero. |
La entidad financiera se compromete a poner a disposición del acreditado dinero hasta un límite pactado y durante un periodo de tiempo prefijado. |
El prestatario se obliga a restituir la suma prestada más los intereses al finalizar un plazo establecido. |
El acreditado puede disponer de los fondos, dentro del plazo y límites fijados, realizando disposiciones totales o parciales, que se irán reflejando en la cuenta de crédito. |
El prestatario sólo reduce su deuda con las amortizaciones en los plazos fijados. Estas amortizaciones son devoluciones parciales de la suma prestada y sólo se amortiza totalmente al cancelar el préstamo. |
El acreditado puede hacer devoluciones totales o parciales de las cantidades dispuestas, que se irán reflejando en la cuenta de crédito, pudiendo llegar incluso a superar el volumen de los ingresos al de las disposiciones. |
El acreditado puede hacer devoluciones totales o parciales de las cantidades dispuestas, que se irán reflejando en la cuenta de crédito, pudiendo llegar incluso a superar el volumen de los ingresos al de las disposiciones. |
Los intereses se abonan en función del capital dispuesto. |
Las amortizaciones, que se ajustan al cuadro de amortización incluido en la póliza o escritura, suponen una devolución parcial del capital percibido |
El capital dispuesto debe devolverse al vencimiento o en las bajas o reducciones del límite estipuladas. |
Mientras la empresa no disponga de ninguna cantidad no pagará intereses; ahora bien, en el momento en que disponga de cualquier cantidad, por ejemplo 100000 €, el contador de {os intereses se pondrá en marcha y por cada día que se disponga de esa cantidad, deberá pagar el interés pactado. El contador de {os intereses se detendrá en el momento que se ingrese la cantidad dispuesta, en nuestro caso 100000 €. Los intereses los cobra el banco periódicamente, por lo general cada tres meses.
Se suele pactar una cláusula, mediante la cual la empresa se compromete a pagar un tanto por ciento, generalmente bajo, por las cantidades no dispuestas.
Su utilización se recomienda para la financiación de déficit temporales de tesorería (quedarse sin dinero temporalmente). No es aconsejable utilizarlo para la financiación de activos fijos, pues su coste es superior al de un préstamo, que sería el instrumento adecuado.
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| EMPRESA | PROYECTO EMPRESARIAL | MÁRKETING | ATENCIÓN AL CLIENTE |
| CANAL EMPRESA | CANAL EMPRENDEDORES | CANAL MK | CANAL MK |
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| PRRLL | EMPLEO PÚBLICO | TRABAJO | |
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| COMUNICACIÓN | SEGURIDAD SOCIAL | RETRIBUCIONES Y SALARIO | PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN |
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| CANAL TRIBUTACIÓN | CANAL FINANZAS | CANAL BOLSA | CANAL PELÍCULAS |
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| PRODUCCIÓN Y APROVISIONAMIENTO | LOCALIZACIÓN | SIMULACIÓN | CONTABILIDAD Y EMPRESA |
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